Monotributo. Suspensión de la exclusión de pleno derecho y baja automática por falta de pago. RG 5421/2023
Se suspende hasta el 31/12/2023 la exclusión de monotributistas que, entre otras causales:
- Excedan los parámetros de facturación máxima permitida para cada actividad/categoría
- Presenten incompatibilidad entre sus ingresos y sus movimientos bancarios
- Adquieran bienes o realicen gastos, de índole personal, por un valor incompatible con los ingresos declarados
- Etc
Es decir que hasta el 31/12/2023, los contribuyentes que presenten alguna causal de exclusión de pleno derecho prevista en el artículo 20° de la Ley, no serán excluidos
Por otro lado se suspende la baja automática de monotributo por falta de pago. Recordemos que la AFIP se encuentra habilitada a dar de baja al contribuyente que detente una deuda de 10 períodos consecutivos de impuesto. Con esta norma no serán considerados los atrasos de los meses de 09/2023 a 12/2023 para la baja.