15 de octubre de 2024
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Novedades Impositivas Octubre 2024

Reforma Laboral. Ley 27.742. Dto. 847/2024. RG (AFIP) 5577/2024

Con motivo de la reciente publicación de las normas que reglamentan la denominada “Reforma Laboral” contenida en la “ley bases” (Ley 27.742) procedemos a sintetizar los puntos más importantes de estos cambios:

Título IV. Ley 27.742. Promoción del empleo no registrado

Tiene por objetivo la registración de relaciones laborales del sector público no registradas o registradas deficientemente, con fecha anterior a la promulgación de la ley (8/7/2024).

Entre los efectos de la referida corrección en la registración se encuentran:

* Extinción de sanciones penales ley 27.430, multas  y otras sanciones ley 11.683 y sanciones de índole laboral de otras leyes

* Baja de registro de REPSAL para empleadores incumplidores

* Condonación de ciertos porcentajes deuda por capital e intereses por falta de pago de aportes y contribuciones de todos los conceptos del SIPA además de deudas con Obras Sociales y ART que se hubieren generado por la regularización.

* El período incluido en la regularización podrá será considerado como tiempo de servicio para los trabajadores afectados (hasta 5 años)

* No se incluye en este título al personal de casas particulares

Título V. Ley 27.742. Modernización Laboral.

* Se establece la posibilidad de que los Convenios Colectivos de Trabajo suplanten el actual régimen indemnizatorio por la implementación de Fondos de Cese Laboral que podrán suplir no sólo la indemnización por antigüedad del artículo 245°, sino también, cualquier otro rubro indemnizatorio. En el CCT se deberá establecer que el empleado y empleador decidirán por mutuo acuerdo la sujeción  al Fondo de Cese a al anterior régimen indemnizatorio

* Creación de la figura del trabajador independiente con colaboradores, que es una persona que puede contar con personas que colaboren en su actividad sin que se configure relación de dependencia. Deben estar inscriptos en AFIP y podrán contar con una cobertura por accidentes personales

* Se elimina la presunción de relación de dependencia en caso de contrataciones de obas y/o servicios profesionales siempre y cuando estos prestadores emitan factura o recibos, independientemente de la cantidad de ellos.

*Extensión del período de prueba a 6 meses (anteriormente eran 3 meses). En caso que el Convenio Colectivo que nuclea la actividad lo permita,  las empresas que tengan de 6 a 100 empleados podrá extenderse hasta 8 meses y hasta 1 año en caso de empresas de menos de 6 trabajadores.

 

DDJJ Blanqueo. Habilitación de aplicativo

El día lunes 7/10/2024, se habilitó la opción para la carga y presentación de la Declaración Jurada de Regularización correspondiente a la Etapa 1, a través del servicio de la AFIP “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley 27.743”.

A través de esta aplicación se deberán cargar los datos correspondientes a los bienes blanqueados y una vez presentada la declaración jurada del blanqueo, quedará habilitada la opción para efectuar la declaración jurada del REIBP por los bienes regularizados, en caso que se hubiera optado por el pago por esta vía.

 

Provincias adheridas al blanqueo. Situación 10/2024

Además de las adhesiones de las Provincias de Córdoba, Neuquén y Tucumán, se han adherido en el último mes las siguientes jurisdicciones:

Chaco: la provincia adhiere a través de la Ley N°  de fecha reglamentada por RG de fecha

Corrientes: Ley 6696 establece que lo sujetos que adhieran al “Régimen de Regularización de Activos”, quedan eximidos de la obligación material de pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los ingresos que hubieran omitido declarar por períodos fiscales no prescriptos al 31 de diciembre de 2023. Este beneficio de exención de pago procede sobre el importe de los ingresos provenientes de las operaciones que originaron los fondos con los que el bien regularizado fue adquirido o sobre los fondos en efectivo que sean regularizados.

Mendoza: Ley N° 27.743. Establece que los sujetos que declaren de manera voluntaria bienes o ingresos exteriorizados serán liberados de las sanciones que pudieran corresponder en el ámbito provincial y del pago de los tributos provinciales que hubieren correspondido. Los depósitos efectuados bajo el Régimen de Regularización de Activos, no se encontraran sometidos al régimen de retención y/o percepción de tributos vigentes en la Provincia de Mendoza

Entre Ríos: Quedarán exceptuados del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Impuesto a las Profesiones Liberales y cuanto otro impuesto provincial correspondiera según el caso, por los ingresos y bienes que hubieran omitido declarar

 

Nuevo calendario de vencimientos Blanqueo

Luego de la prórroga dispuesta por el decreto 864/2024, el Organismo modifica la norma reglamentaria del régimen de regularización de activos

A través de la resolución general 5578, la AFIP modifica la reglamentación del “Régimen de regularización de activos”, establecida por la resolución general 5528, a raíz de la prórroga dispuesta por el Poder Ejecutivo por medio del decreto 864/2024.

1 Etapa:

Adhesión y pago adelantado: hasta el 31 de octubre de 2024

Presentación y pago: hasta el 30 de noviembre de 2024

2 Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de enero de 2025

Presentación y pago: hasta el 28 de febrero de 2025

3 Etapa:

Adhesión y pago adelantado: desde el 1° de febrero de 2025 y hasta el 30 de abril de 2025

Presentación y pago: hasta el 30 de mayo de 2025

 

Prórroga el primer anticipo de ganancias personas humanas

AFIP dispuso que el primer anticipo del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2024 de las personas humanas y sucesiones indivisas podrá ingresarse, de manera excepcional, hasta el 25 de octubre (mismo día para todas las terminaciones de CUIT)

 

Modificación por error de  las escalas y deducciones de impuesto a las ganancias a partir de septiembre

Por error en el cálculo de las tablas publicadas, la AFIP, para realiza la actualización de las mismas, utilizando el coeficiente correcto de 1,1335 (13,35%) que equivale a la variación del IPC entre agosto y junio de 2024.