Newsletter Marzo 2026
Novedades Impositivas Marzo 2026
REFORMA LABORAL E IMPOSITIVA: Modificación Valuación Impositiva de hacienda para establecimientos de invernada
La denominada Ley de Modernización Laboral ha introducido, no solamente cambios en el ámbito laboral sino modificaciones en temas tributarios que nada tiene que ver con las relaciones entre empleado y empleador.
Así es que, a través de su artículo 193, establece un cambio de paradigma para los establecimientos de invernada y engorde a corral (feedlots) en el Impuesto a las Ganancias, con vigencia para los ejercicios que inicien a partir del 1 de enero de 2026. Esta reforma otorga a los productores la opción estratégica de abandonar la valuación obligatoria a precio de plaza y adoptar el método del costo estimativo por revaluación anual (CERA), tradicionalmente reservado para establecimientos de cría. El beneficio central radica en el diferimiento del impuesto sobre las utilidades por tenencia no realizadas, permitiendo que la carga tributaria se aplique únicamente sobre las ventas efectivas y no por el mero mantenimiento de los activos biológicos al cierre.
FACTURAS CLASE “A”. Bancos y aseguradoras ya no deberán cumplir los requisitos iniciales para su autorización
A partir del 1° de julio de 2026, los bancos y las aseguradoras ya no tendrán que cumplir con los requisitos tradicionales para emitir facturas clase “A”. La Resolución General ARCA 5830/2026 elimina estas trabas burocráticas, fundamentándose en que estos sectores ya operan bajo la estricta supervisión del BCRA y la SSN. Esta medida actualiza el esquema previo de la RG 5762/2025, reconociendo la solvencia y el control que ya poseen estas instituciones.
Sueldos para el personal de casas particulares. Febrero y marzo 2026 (que se abona en marzo y abril 2026 respectivamente)
Se dieron a conocer los incrementos salariales correspondientes al bimestre febrero–marzo 2026.
El acuerdo prevé subas del 1,5% en febrero y del 1,5% en marzo, ambas de carácter acumulativo. Asimismo, se dispuso el pago de una suma fija no remunerativa pagadera junto con el sueldo de febrero y marzo, cuyo monto varía según la carga horaria semanal.
1 a menos de 12 hs semanales: $ 8.000 cada mes
Más de 12 a hasta 16 hs semanales: $ 11.500 cada mes
Más de 16 hs semanales: $ 20.000 cada mes
Se puede consultar el sueldo correspondiente las categorías en el siguiente link:
https://upacp.org.ar/?page_id=26745
Modificación en régimen de emisión de comprobantes. Eliminación de excepciones a la obligación de facturar
Se eliminan ciertas excepciones al régimen general de facturación, entre las más importantes y de más aplicación citamos (vigencia 1/7/2026):
Honorarios Profesionales y Directivos: Quienes se desempeñen como directores de S.A., síndicos, miembros de consejos de vigilancia, socios gerentes de SRL, administradores de sociedades en comandita, fiduciarios y consejeros de cooperativas deberán emitir comprobantes por sus retribuciones, incluso si firman recibos emitidos por la propia entidad.
Cobros Judiciales: La obligación de emitir comprobantes se extiende a abogados, peritos y otros auxiliares de la justicia que perciban honorarios o remuneraciones por vía judicial.
Es decir que a partir del 1/7/2026 estas actividades (entre otras) deberán emitir comprobante respaldatorio en términos de la RG 1415 sin excepción.
Ley de Inocencia Fiscal y Lineamientos del BCRA/UIF
La Ley 27.799, publicada el 2 de enero de 2026, redefine la relación entre los contribuyentes y la administración tributaria al establecer el Principio de Inocencia Fiscal. Bajo este nuevo marco, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) debe presumir que el ciudadano cumple con sus obligaciones fiscales salvo que exista prueba en contrario. Esta medida busca limitar los controles patrimoniales preventivos y abandonar la persecución generalizada, reconociendo que la informalidad y el ahorro en moneda extranjera han sido conductas recurrentes ante la inestabilidad macroeconómica del país.
Entre los cambios operativos más destacados, la normativa introduce un Régimen de Declaración Jurada Simplificada para el Impuesto a las Ganancias, donde ARCA proporciona una declaración precargada que, al ser pagada en término, otorga un efecto liberatorio ante futuras fiscalizaciones. Asimismo, la ley eleva significativamente los umbrales económicos necesarios para que una conducta sea tipificada como delito de evasión tributaria. El Decreto 93/2026 insta a los bancos y otros sujetos obligados a considerar la adhesión a este régimen simplificado como un antecedente favorable en sus análisis de riesgo.
Finalmente, el BCRA y la UIF emitieron directrices para que las entidades financieras ajusten sus matrices de riesgo, estableciendo que la tenencia de dólares en efectivo no constituye por sí sola un indicio de ilicitud. Se exhorta a los bancos a evitar pedidos de justificación de fondos inconsistentes y se aclara que no es obligatorio solicitar información sobre el origen de los fondos en línea de caja para aceptar depósitos. La obligación de identificar al depositante y al titular se limita ahora a operaciones que superen los 40 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM).
La CNV reglamenta el Régimen de Inocencia Fiscal
La Comisión Nacional de Valores aprobó la Resolución General 1108/2026, una medida clave que busca armonizar el funcionamiento del mercado de capitales con el nuevo Régimen de Inocencia Fiscal. Esta normativa adapta las reglas de juego para que los contribuyentes (personas humanas y sucesiones indivisas) que opten por la Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias puedan ingresar sus activos al sistema financiero de forma más ágil.
¿Qué cambia en la práctica para el inversor?
La reforma introduce una nueva sección en las normas de la CNV que flexibiliza el ingreso de fondos y activos financieros bajo condiciones específicas:
- Depósitos en efectivo: Se exceptúan las limitaciones habituales de montos para depósitos en efectivo, siempre que se realicen en cuentas bancarias de sujetos regulados por la CNV y el cliente cumpla con la adhesión formal al régimen simplificado.
- Transferencias permitidas: Los Agentes (ALyC), fondos comunes (FCI) y proveedores de criptoactivos (PSAV) ahora pueden recibir no solo efectivo, sino también transferencias de valores negociables entre subcuentas del mismo cliente y activos virtuales desde cuentas registradas en la CNV.
- Restricción geográfica: Se mantiene un «semáforo rojo» estricto: no se pueden ingresar fondos o activos que provengan de jurisdicciones no cooperantes o de alto riesgo según los estándares del GAFI.
Requisitos de cumplimiento
Para operar bajo este beneficio, el cliente debe demostrar su adhesión formal al régimen simplificado de ARCA y poseer las cuentas correspondientes (comitentes o bancarias) ya abiertas en la entidad. Es fundamental destacar que, aunque el proceso se simplifica, no desaparecen los controles de prevención de lavado de activos (PLAFTFP); las entidades deben seguir cumpliendo con las normas de la UIF y la segregación de cuentas para garantizar la transparencia del sistema.