2 de diciembre de 2025
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Newsletter Diciembre 2025

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Novedades Impositivas Diciembre 2025

 Sueldos para el personal de casas particulares. Noviembre y Diciembre 2025

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares definió una nueva suba salarial del 2,7% para el último bimestre del año El aumento acordado consta de un incremento salarial del 2,7% para el período noviembre-diciembre 2025, que se aplicará en dos tramos. En noviembre se otorgará un 1,4% sobre los sueldos de septiembre, mientras que en diciembre se añadirá un 1,3% sobre los haberes de noviembre.

Además se prevé una suma no remunerativa para los meses de noviembre y diciembre según el siguiente detalle:

1 a menos de 12 hs semanales: $ 6.000 cada mes

Más de 12 a hasta 16 hs semanales: $ 9.000 cada mes

Más de 16 hs semanales: $ 14.000 cada mes

Se puede consultar el sueldo correspondiente a las otras categorías en el siguiente link:

https://www.afip.gob.ar/casasparticulares/categorias-y-remuneraciones/lugar-y-plazo.asp

 

Importante. Cambios en presentación  de DDJJ IVA. Se adelantan vencimientos

Se dispone anticipar al día 25 de noviembre de 2025 como fecha de vencimiento para cumplir con la presentación de las declaraciones juradas y el ingreso de las obligaciones cuyos vencimientos originales fueran fijados para los días 26 y 27 de noviembre del corriente año, y el día 26 de diciembre de 2025 para aquellas cuyo vencimiento original fuera previsto para el día 29 de diciembre del mismo año. Esto afecta directamente a las DDJJ´s de IVA e Impuestos Internos.

 

RECORDATORIO – Sustitución de facturas M – Resoluciones Generales 5762 y 5764 (2025)

Estimado cliente, le recordamos que, a partir del 1/12/2025 se eliminan las facturas clase “M”, y las mismas son suplantadas por dos nuevas modalidades de Factura “A”:

“OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” → el comprador retiene 100 % del IVA y 6 % de Ganancias.

“PAGO EN CBU INFORMADA” → el pago debe realizarse en la CBU declarada por el emisor.

Por lo tanto, si bien se elimina la factura “M”, se crea en reemplazo una nueva modalidad que está sujeta a retenciones. Se recuerda que con la Factura M la retención de ganancias era del 3%, por lo tanto aumenta la alícuota.

Por otro lado recordamos que, para emitir factura A plena en su primera solicitud, el contribuyente debe:

Tener CUIT activa sin limitaciones.

Poseer actividad declarada

Acreditar solvencia patrimonial (bienes, declaraciones juradas, etc.).

Y también advertimos que, con esta nueva norma, ARCA hará controles cuatrimestrales y podrá recategorizar según conducta fiscal, es decir que se analizarán declaraciones juradas presentadas, pagos, inconsistencias, acreditación patrimonial, uso de CBU, etc. y, en función de los resultados, el contribuyente puede ser re categorizado automáticamente:

Pasar de Factura A con retención a Factura A plena si mejora su situación y viceversa, si se detectan incumplimientos.

Además recordamos a Ud. que se incrementarán los controles, por lo que se deberá estar atento a no tener incumplimientos que deriven en una recategorización de las posibilidades de facturación.

 

Incorporación de Salta al Código de Operación de Traslado (COT):

Adhesión al régimen unificado de control fiscal La provincia de Salta ha formalizado su incorporación al sistema del Código de Operación de Traslado (COT) mediante un convenio estratégico con la Agencia de Recaudación de Buenos Aires (ARBA). Esta medida alinea a la provincia con los estándares de fiscalización que ya operan en jurisdicciones clave como Buenos Aires, CABA, Santa Fe y Mendoza. El sistema obliga a la generación digital de un código único que ampara el tránsito de mercaderías, detallando origen, destino y titularidad, con el objetivo principal de cerrar el cerco sobre la evasión fiscal y el comercio informal en el norte del país, integrándose a una red federal de intercambio de información tributaria.

De todos modos todavía  no está vigente la resolución de DGR que reglamente los detalles y condiciones de adhesión al sistema.

 

Extensión de beneficios en plan de pagos especial ARCA

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) implementó mejoras significativas, a través de las Resoluciones Generales 5776 y 5777, para facilitar la regularización de deudas fiscales y aduaneras, con vigencia a partir del 3 de noviembre de 2025.

1. Régimen Permanente (RG 5776)

Se amplía la flexibilidad de acceso al reducir de 12 a 6 meses el período de cómputo de los planes caducos. Esto permite a los contribuyentes acceder más rápidamente a nuevas regularizaciones, aunque la tasa de financiación se mantiene en el 100% de la tasa resarcitoria vigente.

2. Plan Excepcional (RG 5777)

El plan excepcional (vigente hasta el 31/12/2025) extiende su alcance:

  • Deudas Incluidas: Se pueden incorporar obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto (antes 30 de abril).
  • Reducción del Pago a Cuenta: Se disminuyen los anticipos iniciales exigidos para facilitar la adhesión:
    • PyMEs: pasa del 10% al 5%.
    • Medianas empresas: del 15% al 10%.
    • Grandes empresas: del 20% al 15%.