17 de julio de 2024
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Newsletter Julio 2024 – Tercera entrega – Resoluciones generales AFIP “Ley Bases”

Newsletter Julio 2024 – Tercera entrega – Resoluciones generales AFIP “Ley Bases”

Novedades Impositivas – Julio 2024

Res Gral. 5525/2024. Moratoria y plan de facilidades de pago

Opciones de planes de pagos

Las opciones previstas de regularización de deudas vencidas al 31/03/2024 se basan en la elección de planes de 3 cuotas o planes de más de 3 cuotas, se expone un resumen:

Planes de 3 cuotas con importante reducción de intereses resarcitorios y punitorios:

1) Adhesión en los primeros 30 días de vigencia: de contado o en plan de pago en 3 cuotas con condonación del 70% de los intereses

2) Adhesión desde el 31 día de vigencia hasta los 60 días: de contado o en plan de pago en 3 cuotas con condonación del 60% de los intereses

2) Adhesión desde el 61 día de vigencia hasta los 90 días: de contado o en plan de pago en 3 cuotas con condonación del 40% de los intereses

Planes de más 3 cuotas con menor reducción de intereses resarcitorios y punitorios

La cantidad de cuotas y pago a cuenta varía de acuerdo al carácter del contribuyente siendo:

  1. Micro y Pequeñas empresas (incluidas personas humanas con tal característica): hasta 84 cuotas con un pago a cuenta de 15%
  2. Personas humanas NO Micro y Pequeñas empresas: hasta 60 cuotas con un pago a cuenta de 20%
  3. Empresas Medianas Tramo 1 (no personas humanas): hasta 48 cuotas con un pago a cuenta de 20%
  4. Empresas Medianas Tramo 2 (no personas humanas): hasta 36 cuotas con un pago a cuenta de 25%

En cualquiera de estos casos la reducción de intereses operará según el siguiente esquema:

1) Adhesión en los primeros 90 días de vigencia: condonación del 40% de los intereses

2) Adhesión luego de los 90 días de vigencia y hasta su vencimiento (150 días): condonación del 20% de los intereses

Planes de pagos vigentes

Los planes de pago vigentes sólo se podrán efectuar si el plan de pagos que se pretende suscribir ha sido presentado hasta el 31/03/2024.

Sólo puede optarse por refinanciar los mismos en 3 cuotas dentro de los 90 días de vigencia

En este caso no hay posibilidad de optar por refinanciar en planes de pagos mayores a 3 cuotas.

Sobre el saldo impago de intereses resarcitorios y punitorios incluidos en el plan de pagos vigente del cual se pretende la refinanciación se aplicara una condonación del 30%. En caso de estar cancelado todo el capital de alguna obligación incluida se condonará el 100% de los intereses de los intereses pendientes.

Tasas de intereses

Serán variables  y dependen de la categoría del contribuyente adherente

Contribuyentes con obligaciones ya canceladas al 31/03/2024

Como marca la normativa, los intereses resarcitorios, los punitorios y los intereses capitalizables de estas obligaciones serán condonados en forma automática, registrándose su anulación en el Sistema de Cuentas Tributarias.

Efectos de la adhesión. Ejecuciones fiscales y embargos

La adhesión al régimen, una vez cumplimentados los requisitos y el allanamiento del contribuyente adherente supone el archivo de la actuaciones en las ejecuciones fiscales y además el levantamiento de las medidas cautelares trabadas respecto de las deudas incluidas en el procedimiento.

Res Gral. 5528/2024. Régimen de regularización de activos (Blanqueo)

Formalidades de la presentación

El sistema denominado “Portal Régimen de Regularización de Activos Ley N° 27.743” es el que se debe utilizar para manifestar la adhesión al régimen en los plazos en que se decida ejercer la opción (hasta el 31/03/2025, con distintos efectos de acuerdo a la fecha en que se ejerza). Dicho sistema todavía no está disponible al día 17/07/2024. El formulario F 3320 será el comprobante de la intención de adhesión.

Una vez formalizada la adhesión y, en caso que corresponda, se hay efectuado el pago del adelanto del impuesto de regularización se deberá identificar los bienes alcanzados, lo que quedará formalizado a través del formulario F 3321 que estará disponible en las siguientes fechas

Etapa 1: 7/10/2024

Etapa 2: 2/01/2025

Etapa 3: 1/04/2025

Se deberá brindar la información y documentación requerida acerca de los bienes incluidos.

Forma de pago del impuesto

Se establecen las formalidades de pago del impuesto de regularización, en caso que corresponda, de acuerdo si el pago se efectúa en dólares (como marca la generalidad de los casos) o en pesos (por las excepciones)