20 de septiembre de 2022
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Newsletter Septiembre 2022

Newsletter Septiembre 2022

Novedades Impositivas – Septiembre 2.022

 

 Aumento de Salario Mínimo Vital y Móvil.

Nuevos montos de SMV:

Septiembre 2022:              $ 51.200

Octubre 2022:                    $ 54.550

Noviembre 2022:               $57.900

 

Nueva base imponible máxima para aportes de seguridad social y obra social (sólo aportes, contribuciones no tienen tope máximo). Res ANSES 201/2022

Septiembre 2022:              $ 474.530,27

 

Adelanto de aumentos de sueldos Comercio. Res 1677/2022

Se adelanta el pago del aumento de Sindicato de Comercio previsto para Enero 2023. Esto representaba un 10,5%, por lo tanto, este porcentaje sumado al 10% de aumento previsto para el mes de Agosto de 2023, totaliza un aumento de 20,5% para este mes.

 

Nuevas tasas de interés AFIP. Res 559/2022. Min de Economía

Tasa de interés resarcitorio mensual:            5,91%

Tasa de interés punitorio mensual:                7,37%

 

UOCRA: acordaron un aumento salarial

La Unión Obrera de la Construcción y la cámara empresaria de la actividad acordaron, en el marco del adelantamiento de la revisión paritaria, un nuevo aumento salarial de 14% en tres tramos, que se sumará al 62% anual ya obtenido. Los tramos serán los siguientes:

*para el mes de septiembre: 5% extra (se suma al 8% previsto en la anterior revisión)
*para el mes de octubre: 5% extra (se suma al 8% previsto en la anterior revisión)
*para el mes de noviembre: 4% extra (se suma al 8% previsto en la anterior revisión).

 

Nuevas tasas de interés RENTAS JUJUY. RG DPR (Jujuy) 1.624/2022.

Tasa de interés resarcitorio mensual:            4,5%

Tasa de interés punitorio mensual:                5,5%

 

Nueva alícuota retención bancaria para contribuyentes con riesgo fiscal. RG DPR (Jujuy) 1.625/2022.

Alícuota diferencial del 3% en el régimen de recaudación sobre acreditaciones bancarias -RG (DPR Jujuy) 1602/2021-, para los contribuyentes que revistan la calidad de sujeto de riesgo fiscal, considerando la falta de presentación de las declaraciones juradas en el impuesto sobre los ingresos brutos, en los últimos 6 períodos.
Será aplicable con relación a los importes que se acrediten en cuenta a partir del 1 de octubre de 2022.