RG 5616. Facturación en moneda extranjera. Tipo de cambio a utilizar
Estimado cliente, informamos que se ha publicado al RG 5616 que establece que en caso de que una operación se efectúe en moneda extranjera, a los efectos de su facturación, al momento de emitir el comporbante:
1) Si se cancela en pesos, se deberá consignar en el comprobante el tipo de cambio utilizado
2) Si se cancela en la misma moneda en que se emitió la factura, entonces se considerará el tipo de cambio vendedor divisa que informa el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil cambiario anterior al de la emisión de la factura pertinente.
Esto es aplicable para todos los tipos de contribuyentes, cualquiera sea el tipo de comprobante utilizado (A, B, C ó T). En el caso de comprobantes electrónicos, el sistema consignará dicho tipo de cambio de manera automática.