17 de octubre de 2023
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Temas impositivos nueva ley de alquileres (Ley 27.737)

Temas impositivos nueva ley de alquileres (Ley 27.737)

Con la sanción de la “nueva ley de alquileres” se incorporan determinados beneficios impositivos. Aclaramos que la ley falta reglamentar por lo cual podría haber cambios.

1) Para monotributistas: la actividad de locación de inmuebles será considerada como una sola explotación, sin importar la cantidad de unidades que posea el Monotributista locador. Debemos recordar que antes de esto, cada inmueble era considerado como una explotación.

2) Para monotributistas (2): los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago.

3) Bienes Personales: se incorpora una nueva exención para el titular de inmuebles que estén destinados a contratos de alquiler para casa habitación. Para que proceda la exención la valuación de cada inmueble no podrá ser superior al mínimo exento que corresponda al período objeto de la liquidación (hoy $ 56.410.705,41)

4) Impuesto débitos y créditos: los movimientos en cajas de ahorro y/o cuentas corrientes del locador utilizadas exclusivamente para la actividad de locación de inmuebles con destino casa habitación se encuentran exentos del impuesto.

5) Impuesto a las ganancias: tanto  el locador como el locatario podrán deducir el 10% del monto anual de alquiler de bienes inmuebles destinados a casa habitación

El requisito fundamental para usufructuar cualquiera de estos beneficios es haber registrado el contrato en el sitio web AFIP.|

La vigencia de la ley es desde 18/10/2023.