Impuesto a las ganancias. Relación de dependencia. Reglamentación AFIP
Luego de un largo período de espera la AFIP ha reglamentado los cambios dispuestos para el año 2021 relacionados con la tributación de los trabajadores en el impuesto a las ganancias. La RG es la N° 5008 y establece, entre los lineamientos más importantes:
- Los montos retenidos en exceso desde el mes de Enero 2021 a Mayo 2021 (por aplicación retroactiva de la ley) serán devueltos en 5 cuotas iguales y consecutivas en los meses de Julio a Noviembre
- Para determinar la aplicaciones de las exenciones, deducciones y demás beneficios relacionados con los montos de $ 150.000 y $ 173.000 se tomarán los promedios. Por ejemplo, si un empleado cobró $120.000 en el mes de enero y $170.000 en el mes de febrero, el promedio hasta ese mes es de $ 145.000, por lo tanto dicho empleado tendrá derecho a los beneficios correspondientes como si hubiera cobrado menos de $ 150.000 por mes.
- La obligación de presentar DDJJ de impuesto a las ganancias 2020 y DDJJ de impuesto sobre los bienes personales 2020 procede para empleados cuyas rentas en el período 2020 hayan sido iguales o superiores a $ 2.500.000. El vencimiento para la presentación de los empleados es 31/07/2021
Aclaramos que esto es sólo una síntesis de los aspectos más relevantes de la reglamentación.