12 de August de 2020
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Newsletter Julio-Agosto 2020

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Novedades Impositivas – Julio-Agosto 2020

 

AFIP. Prórroga para adhesión a moratoria MiPymes y de refinanciación de planes caducos.

Se extiende hasta el 31/8/2020, inclusive, el plazo para adherirse a la moratoria para las micro, pequeñas y medianas empresas establecida en el marco de la ley de solidaridad social y reactivación productiva.

La primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten desde el 1 y hasta el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive, vencerá el 16 de setiembre de 2020.
La AFIP deberá dictar las normas complementarias y aclaratorias para instrumentar la presente prórroga.

Así mismo La AFIP establece que en el régimen de facilidades de pago para planes caducos, se permitirá incorporar obligaciones incluidas en planes cuya caducidad haya operado hasta el 30/6/2020, inclusive. También extiende hasta el 31/8/2020 el plazo de adhesión al citado régimen.

Prórroga de la prohibición de despidos y suspensiones. Decreto 624/2020

Se prorroga la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor por el plazo de 60 días, contados a partir del 30 de julio de 2020.

La medida incluye la prohibición de efectuar suspensiones con las mismas causales, quedando exceptuadas aquellas que se efectúen en los términos del artículo 223 bis de la ley de contrato de trabajo.

Los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación a la medida no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales.

AFIP. Prórroga de feria fiscal extraordinaria

La AFIP establece para los días comprendidos entre el 3 y el 16 de agosto de 2020, ambos inclusive, un nuevo período de feria fiscal extraordinaria.

Recordamos que entre dichas fechas no se computarán los plazos procedimentales en materia impositiva, de los recursos de la seguridad social y aduanera.

Por último, señalamos que quedan exceptuados de la presente feria los procedimientos de fiscalización del Organismo con relación a la información proporcionada por la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE).

Ley 27.555. “Teletrabajo”. Regulación de esta modalidad laboral.

Se incorpora al Título III “De las modalidades del contrato de trabajo” del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20744 (t.o. 1976) el Capítulo IV “Del  Contrato de Teletrabajo”

Se establecen las normas marco que regirán el contrato de teletrabajo estableciendo las condiciones y formalidades que regirán al mismo.

En tal sentido, se garantiza el derecho a la desconexión digital, a la intimidad y a las tareas de cuidado.

Asimismo, se establece que la modalidad será voluntaria, que los gastos estarán a cargo del empleador y se contemplan cuestiones referidas a la capacitación; la protección de la información laboral; la representación digital; y el goce de todos los derechos colectivos.

El Ministerio de Trabajo, en su calidad de autoridad de aplicación, dictará las normas referidas a la seguridad e higiene; incorporará las nuevas enfermedades laborales por esta modalidad; tendrá a cargo la fiscalización; y llevará un registro en el cual deberán estar anotadas las empresas que desarrollen esta modalidad.

La presente ley -que entrará en vigencia 90 días después de que finalice el aislamiento obligatorio- se encuentra pendiente de promulgación y publicación en el boletín oficial.

Se extiende hasta el 31/8/2020 la suspensión de la aplicación de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas

La AFIP extiende hasta el 31/8/2020 la suspensión de embargos y otras medidas cautelares para las micro, pequeñas y medianas empresas inscriptas en el “Registro de Empresas Mipymes” como así también para las que se encuentren caracterizadas en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”.

Salta. Prórroga de la vigencia de las constancias de exención para contribuyentes exentos del impuesto a las actividades económicas

Se prorroga, hasta el 31/8/2020, la vigencia de las constancias de exención para contribuyentes exentos del impuesto a las actividades económicas emitidas para el período fiscal 2019, cuyo vencimiento operaba el 31/12/2019.