8 de March de 2022
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Newsletter Marzo 2022

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Novedades Impositivas – Marzo 2.022

 Prorroga de los plazos para acceder a la moratoria 2021 y a la condonación de deudas

Se extiende hasta el 16 de marzo el plazo para que los contribuyentes puedan realizar la solicitud para acceder a la condonación de deudas vencidas al 31/8/2021.

También se extiende hasta el 31 de marzo el plazo de adhesión de la moratoria y para acceder a los beneficios dispuestos para contribuyentes cumplidores.

Empleados de comercio. Incremento no remunerativo

Se homologa el Acuerdo que establece un incremento no remunerativo compuesto de la siguiente manera:
* 3% – sobre los básicos del mes de mayo – a partir de febrero de 2022;

* 10% – sobre los básicos del mes de mayo – a partir de marzo de 2022.

El incremento salarial, que representa un 13% sobre los salarios básicos a mayo de 2021, pasará a conformar el nuevo salario básico a partir de abril de 2022.

Se prorroga para los meses de enero a junio de 2022, ambos inclusive, el Convenio de Emergencia por suspensión de actividades para el sostenimiento de los puestos de trabajo y la actividad productiva.

Suspensión de la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para instituciones del sector salud

Se suspende hasta el 31 de diciembre de 2022 la iniciación de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para los contribuyentes pertenecientes al sector de la salud conforme se detalla a continuación:

  1. a) Prestadores médico-asistenciales.
  2. b) Instituciones de salud mental.
  3. c) Establecimientos de rehabilitación, residencias geriátricas, empresas de emergencias médicas e internación domiciliaria prestadores de la Seguridad Social o del INSSJP y/o de Agentes del Seguro de Salud (obras sociales).
  4. d) Obras Sociales Nacionales incluidas en el Registro Nacional de Obras Sociales
  5. e) Obras Sociales Provinciales.

Prórroga para cancelación de saldo diferido de impuesto a las Actividades Económicas

Se prorroga hasta el 29/4/2022 el plazo para para que los contribuyentes puedan cancelar los saldos del  diferimiento del pago del cincuenta por ciento (50%) del Impuesto a las Actividades Económicas correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021 sin interés resarcitorio al 31/1/2022 para el sector turismo- RG (DGR Salta) 3/2021-, ya sea mediante pago contado o regularizarlo mediante un plan de pagos de hasta 12 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, sin interés de financiación

Asimismo, para aquellos contribuyentes que no paguen o regularicen el impuesto diferido hasta el 29/4/2022, el beneficio caducará de pleno derecho.