Programa REPRO II. Asistencia a empresas en el pago de sueldos.
Programa REPRO II
¿Qué es el “Programa REPRO II”?
Consiste en el otorgamiento de una suma dineraria fija e individual que se abona a los trabajadores a cuenta del pago de las remuneraciones
¿Cuál es el importe del monto otorgado?
Se abonará $ 9.000 por cada trabajador de los empleadores alcanzados por el programa
¿Por cuánto tiempo se otorgará el beneficio?
Se extiende por 2 meses, con posibilidad de reinscribirse durante el último mes de vigencia
¿Qué documentación se debe presentar para acceder al programa?
Se debe presentar:
Balance certificado de ejercicio fiscal 2019
Planilla electrónica pre formateada donde se deberán suministrar ciertos datos patrimoniales y financieros con certificación de Contador Público
¿Todos los empleadores están incluidos?
No, sólo es para actividades no críticas incluidas en ATP que demuestren reducción en ventas en el mes de referencia.
Además habrá una evaluación de indicadores económicos financieros y laborales para la selección de los beneficiarios, a cargo de un comité especial
¿Dónde se efectúa la solicitud de adhesión?
Se debe acceder al servicio ATP disponible en la página web AFIP
¿Cuándo se debe inscribir?
La inscripción tendrá una periodicidad mensual en el lapso de tiempo que se determine
¿Hay incompatibilidades?
Si, las empresas que soliciten ATP o créditos para pagos de salarios no podrán acceder a este programa.
¿Dónde se recibe el monto por cada empleado?
Al igual que en el ATP , el monto será depositado en la CBU de cada empelado declarada
¿Qué restricciones implica acceder al programa?
No se podrá efectuar desvinculaciones sin justa causa o fuerza mayos, tampoco se podrá suspender trabajadores, excepto lo dispuesto por el art. 223 bis
¿A partir de cuándo se puede acceder?
Todavía no hay fechas concretas para presentar las solicitudes